BASES PARA UNA CONSTITUCION PARTICIPATIVA SOCIAL, POPULAR, FEDERAL,
REVOLUCIONARIA Y NACIONAL.
Una
constitución, más allá de su letra, debe tener un “espíritu”. El fracaso del
liberalismo argentino nos indica que el “espíritu” de la nueva constitución debe
tener el siguiente perfil:
- Debe
evitar en todo lo posible, la apropiación de la política por parte de las
burocracias partidarias. No hay partido político que no termine en manos
de una minoría ni minoría gobernante que no se transforme en oligarquía.
- Tarde
o temprano las oligarquías políticas se asocian con las oligarquías
económicas.
- Por
sobre todo debe subordinar a los tres poderes; ejecutivo, legislativo y
judicial; a un poder máximo: el Poder Popular organizado en Cabildos
Abiertos.
- No
puede dejar a los corruptos fuera del alcance de la Justicia, protegidos
por “fueros” desnaturalizados. Cuando vencen los mandatos los delitos ya
están prescriptos.
- Ni
se puede dejar los Jueces fuera de alcance de la democracia, amparados en
complicidad con los legisladores que los aprueban para que los encubran y
luego omiten los juicios políticos.
- No
puede dejar al Poder Ejecutivo el nombramiento de jueces ni a los jueces
el encubrimiento de los funcionarios que los han nombrado.
- No
puede dejar al Poder Ejecutivo el manejo del Poder Legislativo por vía de
sobornos y prebendas ni se puede permitir que el Poder Legislativo delegue
su facultad de legislar en contra de los deseos del Poder Ejecutivo.
- Todo
funcionario electo podrá ser removido en cualquier momento, ya sea por
haber traicionado el mandato de la base o corrupción. La remoción deberá
hacerse vía referéndum popular.
- Todo
funcionario electo es responsable de sus actos ante una población que lo
eligió. La lista sábana significa que cada uno de nosotros elijamos a
varios desconocidos y, al mismo tiempo, ninguno de ellos es responsable
ante ninguno de nosotros. Si hoy las actuales 257 diputados debieran
presentarse en forma un-nominal en un distrito electoral determinado, sólo
el 10 de ellos podrían revalidar sus bancas.
- Una
Constitución debe tener fuerte contenido de protección social como lo tuvo
la Constitución de 1949. También debe tener fuerte sentido de defensa del
Patrimonio Nacional como el artículo 40 de la Constitución de 1949.
- No
sirve una República cuyos “representantes” del Pueblo carecen de espíritu
de servicio, patriotismo y sensibilidad social, son susceptibles de ser
comprados por los intereses extranjeros y/u oligárquicos, y actúan sólo
para su propio beneficio.
- Un
pueblo no defiende a un Estado que no le reconoce sus Derechos. Un Estado
que no reconoce los Derechos de su pueblo es vulnerable a las agresiones
del imperio, sean por vía armada externa como vía subversiva interna.
- Los
regímenes oligárquicos se defienden con mercenarios, a las repúblicas
democráticas las defienden sus ciudadanos. La defensa participativa de un
Estado Nación debe basarse en un Pueblo en Armas. El Sistema Democrático
de Defensa Nacional debe combinar la acción de profesionales con
ciudadanos en armas.
Por tanto una Constitución Democrática Participativa debe
garantizar que:
- El
poder originario de la República Argentina es el Pueblo Soberano
organizado en Cabildos Abiertos por Municipios. El Pueblo sí delibera y
gobierna en forma constante y con una Democracia lo más Directa posible.
Todo intento de menguar la Democracia Participativa será considerado
Traición a la Patria.
- Se
deroga el concepto de “representante del Pueblo”. Lo que se elegirá de
ahora en más, serán “mandatarios removibles” en cualquier momento por el
voto popular que los eligió. Todos los funcionarios electos son removibles
en cualquier momento y por referéndum popular.
- El
Poder Principal de la República es el Poder Popular de los Cabildos
Abiertos, estando los otros tres; Ejecutivo, Legislativo y Judicial; estos
están subordinados en todo momento al Poder Popular.
- Toda
ley nacional, provincial, decreto u ordenanza municipal es revocable por
referéndum popular.
- Se
suprimen los Senados.
- Se
suprimen las listas sábanas. Toda candidatura es unipersonal y por un
distrito determinado. Se eligen solo cien diputados nacionales.
- Los
diputados carecen de Fueros que los pongan fuera del alcance de la
Justicia.
- Los
Jueces, federales y provinciales, son electos por el pueblo y serán
removidos por referéndum popular. Los jueces son del pueblo y no de los
privilegiados.
- El
referéndum popular puede ser promovido por el/los ciudadano/s que reúnan
las firmas aprobatorias del 10% del padrón del Distrito donde se pide el
referéndum. El referéndum es válido cuando vote el 25% del padrón y lo
convoca el Poder Popular del Cabildo Abierto.
- El
funcionamiento de los Cabildos Abiertos lo determina la Constitución. Las
autoridades e integrantes de los Cabildos Abiertos ejercen su función en
forma gratuita y honoraria.
- Derecho a la transparencia
administrativa.
a. Todos los poderes están obligados
a publicar sus presupuestos.
b. Los Cabildos Abiertos tienen el
derecho a enviar auditores para controlar el destino de los fondos
presupuestarios.
c. Los presupuestos pueden ser
derogados por referéndum popular.
d. Los Cabildos Abiertos pueden
hacer la denuncia penal sobre corrupción en los Poderes.
- Derecho a la Información. La Información
es Poder. El Poder Popular necesita de la Información para seguir siendo
Poder. Los Poderes Ejecutivos, Legislativos y Judiciales tienen la
obligación de dar a publicidad todos sus actos y resoluciones.
- Reemplazo
de la Ley de Partidos Políticos por otra que permita a candidatos de ONG,
asociaciones barriales, gremiales y populares de distintas clases de la
Comunidad Organizada, presentarse en elecciones y por fuera de las
burocracias partidarias para destruir su monopolio de representantes.
Estos no son todos los artículos
importantes ni mucho menos. Es sólo una sugerencia para comenzar a debatir. Una
real Constitución Participativa debe surgir del debate y consenso del Pueblo,
no de un conjunto de fatuos políticos que sólo se representan a sí mismos.
Por CONDOR
Vcom. (R) Horacio Ricciardelli
Presidente
“En defensa de la patria... todo es lícito menos
dejarla perecer.”
Gral. José de San Martín